DIRECCIÓN GENERAL DE INGRESOS (DGI)

DIRECCIÓN GENERAL DE INGRESOS
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS DE PANAMÁ


La DGI es una entidad que está adscrita al MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS (MEF) tiene como función principal el reconocimiento, la recaudación, la cobranza, la investigación y fiscalización de tributos, la aplicación de sanciones, la resolución de recursos y la expedición de los actos administrativos necesarios en caso de infracción de las leyes fiscales; así como cualquier otra actividad relacionada con el control del cumplimiento de las obligaciones establecidas por las normas respecto a los impuestos, tasas y las contribuciones.




Recaudar con eficiencia y eficacia los impuestos de competencia de la Dirección General de Ingresos, mediante el incremento del nivel de cumplimiento voluntario de los contribuyentes en un marco de respeto a sus derechos, actuando con integridad, eficiencia y profesionalismo, y fortaleciendo las actuaciones de control de cumplimiento y reducción de la evasión fiscal, prestando servicios de calidad y actuando con absoluta integridad, justicia y transparencia.



Ser una organización respetada por su desempeño eficaz, eficiente y transparente, que opera con altos estándares de calidad y personal profesional comprometido con la visión institucional, con la finalidad de obtener los recursos tributarios necesarios que contribuyen al desarrollo del país y mejorar la calidad de vida de sus ciudadanos.



PRINCIPALES REGISTROS EN LA DGI
El RUC: El Registro Único de Contribuyente (RUC), es el número de identificación tributaria de cada contribuyente, creado por la Dirección General de Ingresos, con el propósito de establecer una mayor equidad fiscal y un control más efectivo del cumplimiento tributario de las personas naturales, comunidades, sociedades, asociaciones, agrupaciones, o entes de cualquier especie con o sin personalidad jurídica que causen o deban retener impuestos debido a las actividades que desarrollan.
EL NIT: El Número de Identificación Tributario es la clave de acceso para gestionar en línea, los trámites y servicios ofrecidos por la Dirección General de Ingresos, DGI a través de su página Web.
Usted deberá crear su clave o contraseña, la cual será personal e intransferible y aceptada por la DGI para todos los efectos, como su firma electrónica y es su responsabilidad preservar la privacidad de esta.
EL NT: Aquellas personas que por su naturaleza jurídica o migratoria (extranjeros) no puedan cumplir con los requisitos de inscripción en el Registro Único de Contribuyentes para persona naturales, se les deberá asignar un Número Tributario (NT), el cual es la identificación del contribuyente para asuntos tributarios.





PAGOS

El pago es uno de los modos de extinguir una obligación pecuniaria, en el caso de las obligaciones tributarias el pago cubrirá el monto del impuesto correspondiente, estipulado por la Ley.
 A través del pago se extingue la deuda, satisfaciendo el interés del acreedor en este caso el Fisco Nacional y liberando al deudor o contribuyente. El pago de la deuda debe ser completo, no cabe cumplimiento parcial.
 En lo que respecta al pago debe cumplirse en el tiempo estipulado, cada uno de los impuestos objetos de pago en la DGI tiene una fecha de vencimiento: Por ejemplo, los pagos de ITBM, timbre, prima de seguro son de carácter mensual en el caso del ISR es anual.

FORMAS DE PAGO EN LA DGI
Los contribuyentes podrán cancelar sus deudas en concepto de sus impuestos y demás obligaciones tributarias a través de:
v  Créditos fiscales provenientes de préstamos hipotecarios preferenciales previstos en la Ley;
v  Certificados de abonos tributarios, euro certificados o cualquier otro documento que se halla establecido o se establezca en el futuro fundamentado en leyes especiales o de incentivos fiscales;
v  Cheques fiscales establecidos por el Decreto de Gabinete No. 25 del 5 de mayo de 1993 en los casos de morosidades anteriores al 1 de enero de 1990.
v  Pagos en efectivo
v  Pagos con cheque
v  Pagos con Tarjetas
v  Pagos de banca en línea
v  Pagos con certificados
v  Cajas DGI


DEVOLUCIONES EN LA DGI

La devolución de impuestos es, en principio, un derecho de todos los contribuyentes. Esta devolución de impuestos permite que los contribuyentes recuperen los saldos a su favor, o en algunos casos dinero que han pagado de más o indebidamente por algún error al calcular los impuestos.
En este sentido, los contribuyentes que tengan a su favor créditos líquidos y exigibles y que no tengan deudas por ningún otro tributo, tendrán derecho a la devolución de impuestos, ya sea por compensación y/o cesión de créditos.
Son créditos líquidos y exigibles, las sumas de dinero pagadas de más al Tesoro Nacional.

TIPOS DE DEVOLUCIONES

Persona Natural

Ø  Por intereses preferenciales
Ø  Por Renuncia de intereses Hipotecarios
Ø  Por pago de más del Impuesto de inmueble (inmueble y ganancia capital)
Ø  Carta de cesión de Intereses (entre familiares)
Ø  Devolución por créditos de ITBMS
Ø  Devolución de Inmuebles

Persona Jurídica

Ø  Exoneración del Impuesto de Inmueble (ITBI y ganancia capital)
Ø  Devolución de Derechos de Registro pagados en exceso y/o depósitos Inactivos.
Ø  Devolución del Impuesto de Registro de marca de fábrica.
Ø  Devolución de Impuesto de Inmueble pagados en exceso o indebidamente.
Ø  Devolución producto de la Renta Jurídica

BENEFICIOS FISCALES
Ø  Exoneración para el metro bus “Ley 62 del 15 de octubre de 2010”
Ø  Gas licuado “Ley 42 del 20 de abril de 2011, Decreto de Gabinete N°16 de 11 de marzo de 2014”
Ø  Crédito por préstamos hipotecarios con intereses preferenciales “Ley 3 del 20 de mayo de 1985, art. 1; Ley 63 del 19 de septiembre de 2013, art. 1”
Ø  Crédito para aplicar a inmuebles de hospitales y colegios “Código fiscal, art. 764-B; Ley 6 del 2005, art. 3

Ø  Crédito para equipos fiscales “Ley 72 del 27 de septiembre de 2011, art. 2, parágrafo transitorio 1”

INCENTIVOS FISCALES

Los incentivos fiscales son una especie de concesión, aliciente o estímulo otorgado en forma de reducción, exención, subvención y/o subsidio a personas naturales o jurídicas, sujetos pasivos de un determinado impuesto, a fin de estimular la producción, impulsar las exportaciones o aumentar el grado de inversión de determinadas actividades económicas y/o región de un país, consideradas de interés público para el Estado.

TIPOS DE INCENTIVOS

v  Certificado con Poder Cancelatorio
v  Certificado con Poder Cancelatorio Especiales o Expedito
v  Ciudad del Saber
v  Zona Procesadora para la Exportación
v  Certificación para Producción del Banano
v  Certificaciones para exenciones del ITBMS contrato de Concesión Administrativa
v  Certificado de Fomento Industrial
v  Área Económico Especial Panamá-Pacífico
v  Transporte Terrestre Público de Pasajeros Colectivos y Selectivos Transporte Colectivo de Turismo
v  Actividades Turística-Turismo
v  Exoneración de Combustible y Derivado de Petróleos
v  Certificado de Fomento a las Agroexportación
v  Exoneración para el Metro Bus

TIPOS DE IMPUESTOS

DIRECTOS

Ø  Impuesto sobre la renta
Ø  Impuesto sobre dividendos y complementarios
Ø  Impuesto de transferencia de remesa

INDIRECTOS

Ø  Impuesto de importación
Ø  Impuesto de valor agregado (ITBMS)
Ø  Impuesto de exportación y re-exportación
Ø  Impuesto de licencia comercial y/o registro
Ø  Impuesto de bienes inmuebles
Ø  Impuesto de retención
Ø  Impuesto de timbre
Ø  Impuesto de prima de seguro 
Ø Impuesto por movimiento o almacenamiento de combustible u otros hidrocarburos y sus derivados


OBJETOS DE PAGOS Y COLORES DE BOLETA



Son objetos de pago todos los impuestos manejados por la DGI, incluyendo las multas no tributarias. Y están dividido en sección de colores:

ü  Impuestos sujetos a la renta boleta verde
ü  Impuestos de inmuebles pagados en la boleta celeste
ü  Impuesto de ITBM-S pagados en la boleta chocolate
ü  Impuestos y Licencias anuales pagadas con boleta azul
ü  Otros impuestos y multas pagadas con boleta amarilla
ü  Impuesta de consumo pagada con boletas mostaza
ü  Pagos tributación internacional pagada con boleta vino


DGI ONLINE

La DGI como bien se menciona también cuenta con diferentes servicios en línea y también cuenta con diferentes guías al contribuyente en su página de Internet.
Cuenta con un sistema de Chat en línea llamado E-TAX 2.0 (Sistema informático Tributario) dicho sistema cuenta con varias opciones:

1.   Registros

o   Dígito verificador
o   Obtener NIT
o   Solicitud de inscripción persona jurídica
o   Registro de correo electrónicos para fincas
o   Solicitud de inscripción persona natural

2.   Certificaciones

o   Verificar autenticidad Paz y Salvo
o   Verificar autenticidad de certificaciones
o   Verificar declaración jurada

3.    Herramientas

o   Aportaciones C.S.S.
o   Instructivo Formularios de Renta
o   Calcular recargo e intereses

4.   Consultas

o   Actividades económicas ocupaciones
o   Consulta de RUC activos
o   Exoneraciones especiales

5.   Otros
o   Preparar declaraciones para presentar en la DGI
o   Ganancia de capital (FORM. 107)
o   Transferencia de inmueble (FORM. 106)




ELABORADO POR: 
ISANEN OSES ID: 8-907-390
MAYELIS GONZALEZ ID: 8-881-1846
HACHE RAMOS ID: 5-714-2498
MARÍA LUNA ID: 8-961-1559
DARLENIS BATISTA ID: 8-974-1643
VICTORIA DIAZ ID: 8-947-212
ANIQUELIS MENDOZA ID: 5-715-2478
EMILY GUERRERO ID: 8-1040-1253
MACKENSIE NORIEGA ID: 5-717-512

Comentarios

Entradas más populares de este blog

SOCIEDADES DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DARIS VILLARREAL Y COMPAÑÍA 😎

LAS SOCIEDADES COOPERATIVAS

Sociedad Colectiva y Sociedad Comanditaria